> Museo de la Diáspora Rusa«Casa Blanca»Музей Русской Диаспоры «Белый Дом»: HOY 31 DE MAYO, DÍA DE LA LIBERTAD DE CULTO para la Comunidad Rusa “Nuevo Israel”

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viernes, 31 de mayo de 2024

HOY 31 DE MAYO, DÍA DE LA LIBERTAD DE CULTO para la Comunidad Rusa “Nuevo Israel”

HOY 31 DE MAYO, DÍA DE LA LIBERTAD DE CULTO para la Comunidad Rusa “Nuevo Israel” fundadora de la Colonia Rusa San Javier, se cumple un año desde que el funcionario público municipal encargado del Museo de los Inmigrantes, Leonardo Martínez Porro, en complicidad con el alcalde y concejales del Municipio de San Javier, sostienen contra mí y contra el Estado los delitos de calumnia, extorsión, difamación, injurias, abuso de funciones, conjunción del interés personal y público y omisión de denunciar delitos de su repartición, acusándome falsamente de “hurto” a nuestro templo Sabrania de Nuevo Israel, del cual soy legítimo, público y notorio miembro referente desde 2008, todo lo cual vengo exponiendo y demostrando públicamente en el correr de los pasados 12 meses.

Hoy hago pública también la nota que presenté al Director de Turismo de la Intendencia de Río Negro, Sr. José Luis Perazza, el pasado 16 de abril de 2024, poniéndolo en conocimiento de las maniobras y conductas delictivas de su subordinado y cómplices, a efectos de que el Gobierno Departamental dé inmediato cumplimiento a la Ley y no incurra en las omisiones prevista en la Ley Penal. Hasta hoy no recibí ninguna respuesta.

NGV

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TEXTO DE LA NOTA


Montevideo, 16 de abril de 2024

Director de Turismo de la Intendencia de Río Negro
Sr. JOSÉ LUIS PERAZZA
De mi mayor consideración:

A los efectos de que la Dirección a su cargo dé inmediato cumplimiento a la Ley 17.060 sobre la conducta y corrupción de la Función Pública, a su decreto reglamentario 03/2003, y al Estatuo del Funcionario de la Intendencia de Río Negro, con cuya omisión se está incurriendo en el delito de omisión de los funcionarios públicos en proceder a denunciar los delitos de su repartición (artículo 177 del Código Penal, con circunstancias agravantes especiales y generales), y sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que tengo derecho, cumplo en poner en su conocimiento las conductas delictivas que su subordinado el funcionario público municipal LEONARDO MARTÍNEZ PORRO, en complicidad con el alcalde y algunos concejales del Municipio de San Javier, sostienen contra mi persona desde el pasado 31 de mayo de 2023.

Por los hechos y motivos expuestos en los documentos que adjunto a la presente, los citados funcionarios públicos municipales, en represalia por una situación en la que quedaron expuestos públicamente, acordaron radicar, ratificar y mantener contra mi persona desde el 31 de mayo de 2023 hasta el presente, de forma calumniosa, extorsiva, maliciosa, temeraria, arbitraria, aflictiva, onerosa, dañosa, perjudicial y por lo tanto abusiva y delictiva, una denuncia penal por “hurto” de documentos en nuestro templo ruso Sabrania de Nuevo Israel en la Colonia Rusa San Javier, del cual soy referente público, notorio e indiscutido desde 2008; acusarme de efectuar un “atropello” contra nuestro templo; y promover una campaña pública de difamación -otra de tantas de las que sufro gratuitamente desde 2007- con colaboración de cómplices e infiltrados civiles, contra mi honor y contra mis 15 años de incansable labor honoraria, pública, continuada, reconocida e incontestable dentro del templo ruso Sabrania y fuera de él, para el rescate, defensa, estudio y difusión del patrimonio histórico y espiritual de la Colonia Rusa San Javier.

Concretamente, estos funcionarios públicos sostienen contra mí y contra el Estado desde el 31 de mayo de 2023 al menos las siguientes conductas delictivas continuadas:
1) CALUMNIAS (artículo 179 del Código Penal).
2) EXTORSIÓN (artículo 345 del Código Penal)
3) CONJUNCIÓN DEL INTERÉS PERSONAL Y DEL PÚBLICO (artículo 161 del Código Penal), con las circunstancias agravantes especiales (artículo 163-TER del Código Penal).
4) DIFAMACIÓN (artículos 333 y 336 inciso 2 del Código Penal).
5) INJURIAS (artículos 334 y 336 inciso 2 del Código Penal).
6) ABUSO INNOMINADO DE FUNCIONES (artículo 162 del Código Penal).
7) OMISIÓN DE LOS FUNCIONARIOS EN PROCEDER A DENUNCIAR LOS DELITOS DE SU REPARTICIÓN y su circunstancia agravante especial (artículo 177 del Código Penal).

Con las CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES DEL DELITO en general (artículo 47 del Código Penal, especialmente los numerales 1, 4, 5, 7, 8 y 9).

Además de violar la Ley 17.060 sobre la Conducta y Corrupción de la Función Pública y su decreto reglamentario 03/2003, especialmente sus artículos 7 (Divulgación necesaria y presunción de conocimiento), 9 inciso 2 (Interés Público), 12 inciso B (Conductas contrarias a la probidad), 13 (Buena fe y lealtad), 15 (Respeto), 16 (Imparcialidad), 17 (Implicancias), 18 (Transparencia y publicidad), 21 (Motivación de la decisión), 40 (Denuncia de irregularidades o de prácticas corruptas), 41 (Denuncia de delitos); y el Estatuto del Funcionario de la Intendencia de Río Negro, especialmente artículo 52 numeral c.

Adjunto a la presente los siguientes documentos, a fin de poner a Ud. en antecedentes de las reiteradas maniobras y acciones abusivas, calumniosas, hostigamientos, delitos y daños continuados que contra mi persona, mi propiedad, mi honor y mi trabajo en San Javier han emprendido desde 2007 en adelante el funcionario público municipal Leonardo Martínez Porro en complicidad y colaboración, por acción y por omisión, con otros funcionarios públicos municipales, policiales, cargos políticos y sujetos de distintos ámbitos, violadores contumaces de la Ley, con móviles personales, abuso de funciones, conflictos de intereses y ambiciones político-partidarias, y con el fin de cerrarme el paso en el templo Sabrania, rivalizar con mi proyecto de Museo y finalmente, hostigarme hasta hacerme desaparecer de la localidad de San Javier:

1) Solicitud de acceso a la información pública que presenté al Municipio de San Javier el 13/3/2024, donde expongo detalladamente los hechos y los fundamentos de derecho de la situación aludida (12 páginas).
2) Solicitud de acceso a la información pública que presenté a la Dirección de Recursos Humanos de la Intendencia de Río Negro el 27/9/2023, sobre los cargos de Subdirector de Turismo y de Encargado del Museo de los Inmigrantes en el Municipio de San Javier (3 páginas).
Ambas solicitudes no han sido respondidas.
3) Nota Nº 32/2008 de fecha 18/6/2008 que remití al entonces Director del Museo (Municipal) de la Revolución Industrial de Fray Bentos, Sr. René Boretto, en la cual expuse sobre la primera intentona del funcionario público municipal Leonardo Martínez Porro para injerir en la Sabrania con la evidente intención de cerrarme el paso en el templo y de rivalizar abusivamente con mi proyecto de Museo “Casa Blanca” desde su función pública en el Museo de los Inmigrantes. Remití esta nota en su momento por correo certificado con copia al entonces Intendente de Río Negro Dr. Omar Lafluf (3 páginas).

Por todo lo expuesto, PIDO se dé inmediato cumplimiento a la legislación citada, al tiempo que se retire la denuncia penal calumniosa, extorsiva y abusiva que desde el 31/5/2023 mantienen en mi contra el funcionario público municipal Leonardo Martínez Porro y demás funcionarios públicos municipales involucrados, y cesen sus demás conductas delictivas, sin perjuicio de los procedimientos disciplinarios y las acciones civiles y penales a que hubiere lugar.

Sin otro particular, saluda a Ud. atte.

Nicolás Golovchenko Villagrán



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